La sentencia analiza la relación entre la protección de fondos públicos y la ejecución de obligaciones laborales reconocidas contra organismos del Estado.
Criterio reseñado
El Tribunal sostuvo que la inembargabilidad no tiene carácter absoluto y que no puede emplearse para desconocer las obligaciones laborales comprendidas por la excepción prevista en el Código de Trabajo y la normativa aplicable.
Uso práctico
La aplicación exige comprobar la naturaleza jurídica de la entidad, el origen del crédito, la disponibilidad legal de fondos y la jurisprudencia posterior.